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1. Proponer con oportunidad a la administración de la Universidad, la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren la salud en todos los lugares y ambientes de trabajo de las diferentes dependencias. |
11. Estudiar y considerar las sugerencias viables que presenten los servidores públicos, en materia de medicina del trabajo, higiene y seguridad industrial, destinadas a proteger y promover la salud de los empleados. |
2. Formular pertinentemente a la administración de la Universidad, programas educativos sobre los riesgos para la salud a los que están expuestos los empleados y sobre los métodos de prevención y control. |
12. Evaluar y proponer alternativas de solución con los profesionales de la Subdirección de Personal – Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad, a los reclamos hechos por trabajadores con respecto al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
3. Participar en las actividades periódicas de capacitaciones propuestas por la Subdirección de Personal – Seguridad y Salud en el Trabajo, dirigidas al COPASST y a los servidores públicos de la Universidad, además de las actividades referentes a las Brigadas de Emergencia de la Universidad. |
13. Promover permanentemente con el apoyo de los profesionales de la Subdirección de Personal – Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad, la difusión, comprensión y aplicación de los principios y normas de la Seguridad y Salud en el Trabajo en las diferentes dependencias de la Institución. |
4. Motivar constantemente a los servidores públicos, para que se vinculen activamente en el desarrollo de campañas en beneficio de todos. |
14. Darse su propia reglamentación, de conformidad con las normas vigentes, definiendo aspectos la periodicidad de las reuniones, cronograma de actividades, acciones de seguimiento, cronograma de capacitación, entre otras. |
5. Visitar los lugares de trabajo en cada una de las dependencias de las diferentes instalaciones de la Universidad e informar oportunamente sobre condiciones de riesgo que puedan poner en peligro la integridad de los servidores públicos y de la Institución. | 15. Escoger a uno de los representantes elegidos como secretario del COPASST, quien será el encargado de llevar en estricto orden y rigurosidad las distintas actas de las reuniones. |
6. Sugerir alternativas de seguridad para atenuar los riesgos existentes, así como proponer programas de prevención en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo – SST. | 16. Presentar informes bimestrales a la Rectoría, sobre el desarrollo y ejecución de las actividades realizadas por el COPASST. |
7. Colaborar activamente con el análisis de las causas de los Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales. | 17. Realizar las solicitudes presupuestales, debidamente justificadas para atender los programas que por competencia sea prioritario desarrollar a través de la Subdirección de Personal – Seguridad y Salud en el Trabajo, según sea la pertinencia. |
8. Atender con oportunidad los requerimientos de los organismos de control y suministrar los informes a las autoridades universitarias correspondientes. | 18. Conocer la primera instancia, mediante oficio, las reclamaciones que presenten los empleados sobre la promoción de la Seguridad y Salud en el Trabajo, elementos de protección personal y ambientes de trabajo saludables, proponiendo soluciones con criterios objetivos, certeros e imparciales. |
9. Apoyar el desarrollo de las actividades que, en materia de medicina del trabajo, higiene y seguridad industrial, debe realizar la Universidad según las normas vigentes y promover su divulgación y observancia. |
19. Revisar mínimo una (1) vez al año, con la participación de la alta dirección de la Universidad el programa de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo -SST con el fin de identificar las acciones de mejora. |
10. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e informar sobre la existencia de factores de riesgo, sugiriendo posibles medidas correctivas y de control. |
20. Las demás funciones que le señalen las disposiciones legales vigentes y las que le competen por la autonomía universitaria. |
Funciones de la Presidente | Funciones de la Secretaria |
1. Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz 2. Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitios de las reuniones. 3. Notificar por escrito a los miembros del comité sobre convocatoria a las reuniones, por lo menos una vez al mes. 4. Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión. 5. Tramitar ante la administración de la Universidad las recomendaciones aprobadas en el seno del Comité y darle a conocer todas sus actividades. 6. Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del Comité e informar a los servidores públicos de la Universidad, acerca de las actividades del mismo. |
1. Verificar la asistencia de los miembros del Comité a las reuniones programadas. 2. Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a la discusión y aprobación del Comité. 3. Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar toda la información que requieran el empleador y los servidores públicos.
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